Herencias y vivienda

Documentos necesarios para aceptar una herencia: guía completa con checklist

Aceptar una herencia requiere reunir hasta doce documentos distintos según la comunidad autónoma y la complejidad del patrimonio. Esta guía ordena cada documento, dónde se obtiene, su plazo de validez y el coste aproximado.

Tipo: Guía práctica Lectura: 11 min Actualizado: 2026-07-06

Herencias y vivienda

Documentos necesarios para aceptar una herencia

Aceptar una herencia en España requiere reunir una serie de documentos administrativos, registrales y fiscales. La mayoría tienen caducidad, por lo que conviene obtenerlos en orden y sin adelantarse demasiado.

Esta guía detalla cada documento, dónde se solicita, su coste, plazo de obtención y vigencia, ordenados en la secuencia lógica en que los necesita un heredero.

Checklist rápido de documentos

  • Certificado de defunción (Registro Civil, gratuito, 24-48 h).
  • Certificado de actos de última voluntad (Ministerio de Justicia, ≈10 €, 3-5 días).
  • Copia autorizada del testamento (notaría, 30-60 €, 1-3 días).
  • DNI/NIE o pasaporte de todos los herederos.
  • Nota simple del Registro de la Propiedad (online, ≈10 €, inmediata).
  • Recibo del IBI y referencia catastral de cada inmueble.
  • Inventario de cuentas bancarias y valores (petición a entidades).
  • Certificado de saldos bancarios (cada banco, gratuito, 1 semana).
  • Valoración de vehículos (Tasación oficial o valor de mercado).
  • Modelo 650 o 660 del Impuesto de Sucesiones (sede CCAA).
  • Escritura de adjudicación de herencia (notaría, coste variable).
  • Pago de la plusvalía municipal (ayuntamiento correspondiente).

Documentación

Documentos necesarios para aceptar una herencia

Documento Dónde se obtiene Coste aprox. Plazo de obtención Caducidad
Certificado de defunción Registro Civil Gratuito 24-48 horas No caduca
Certificado de últimas voluntades Ministerio de Justicia (sede electrónica) ≈ 10 € 3-5 días hábiles 3 meses
Copia autorizada del testamento Notaría donde se otorgó 30-60 € 1-3 días No caduca
Declaración de herederos (si no hay testamento) Notaría o juzgado 100-300 € 1-4 semanas No caduca
Nota simple del Registro de la Propiedad Sede electrónica del Colegio de Registradores ≈ 10 € Inmediata 3 meses
Certificado de titularidades (bienes y derechos) Registro de la Propiedad Variable 3-7 días 3 meses
Recibo IBI y referencia catastral Catastro / Ayuntamiento Gratuito (descarga web) Inmediato Ejercicio corriente
Certificado de saldos bancarios Cada entidad bancaria Gratuito 1-2 semanas 3 meses
Valoración de inmuebles (si se necesita) Tasador homologado 200-400 € 1 semana 6 meses
Modelo 650 o 660 ISD Sede tributaria de la CCAA Gratuito (liquidación) Inmediato (presentación online) Presentar antes del plazo
Escritura de adjudicación de herencia Notaría 0,5%-1% del valor del inmueble 1-2 semanas (cita previa) No caduca
Liquidación de plusvalía municipal Ayuntamiento del municipio del inmueble Variable según ordenanza 30 días desde la fecha de fallecimiento Presentar en 6 meses

Los precios son orientativos para 2026. Las tasas notariales y registrales están reguladas y pueden variar ligeramente según la comunidad autónoma.

Guía completa de documentos

1. Documentos administrativos previos

### Certificado de defunción Es el primer documento que debes obtener. Se solicita en el Registro Civil del municipio donde falleció la persona o del de su domicilio. Desde 2021 se puede solicitar online a través de la sede electrónica del Ministerio de Justicia, pero la mayoría de registros siguen expidiéndolo presencialmente en 24-48 horas. Necesitas los datos básicos del fallecido: nombre, DNI, fecha y lugar del fallecimiento.

### Certificado de actos de última voluntad Este certificado acredita si el fallecido otorgó testamento y, en su caso, ante qué notaría. Se solicita en el Registro General de Actos de Última Voluntad (RGAUV) del Ministerio de Justicia. Se puede pedir online con certificado digital o Clave PIN. El certificado se envía por correo postal al domicilio del solicitante en un plazo de 3 a 5 días hábiles. Sin este certificado no puedes saber si existe testamento ni dónde localizarlo.

### Copia autorizada del testamento Una vez sabes en qué notaría se otorgó el testamento, debes solicitar una copia autorizada. La notaría te la entregará en papel timbrado con la firma del notario. Si el testamento es cerrado (mecanografiado y firmado por el testador), necesitas además el acta de protocolización judicial.

### Declaración de herederos (si no hay testamento) Si el fallecido no otorgó testamento, los herederos legales deben obtener una declaración de herederos abintestato. Se tramita ante notario (declaración notarial de herederos) si hay acuerdo entre todos los herederos legales. Si hay desacuerdo, debe hacerse en sede judicial (procedimiento de declaración de herederos). Este trámite puede tardar de 1 a 4 semanas por vía notarial y varios meses por vía judicial.

2. Documentos de identidad

Todos los herederos deben presentar su DNI (españoles) o NIE y pasaporte (extranjeros) en vigor. Si algún heredero es menor de edad, necesita autorización judicial o de sus representantes legales. Si hay herederos no residentes en España, deben nombrar un representante fiscal.

3. Documentos registrales y patrimoniales

### Nota simple del Registro de la Propiedad Este documento acredita la titularidad de los inmuebles del fallecido y las cargas que pesan sobre ellos (hipotecas, embargos, servidumbres). Se solicita online en la sede del Colegio de Registradores. Caduca a los 3 meses, así que no la pidas demasiado pronto.

### Referencia catastral y recibo del IBI Necesitas la referencia catastral de cada inmueble para identificarlo en la liquidación del Impuesto de Sucesiones. Se obtiene en la Sede Electrónica del Catastro. El recibo del IBI del ejercicio corriente sirve para acreditar el valor catastral y comprobar si está actualizado.

### Certificado de titularidades del Registro de la Propiedad Además de la nota simple, puedes pedir un certificado de titularidades que acredite todos los bienes y derechos inscritos a nombre del fallecido. Esto es útil para no olvidar ninguna propiedad.

### Inventario de cuentas bancarias y valores Cada entidad bancaria donde el fallecido tuviera cuentas, depósitos o valores debe emitir un certificado de saldos a la fecha del fallecimiento. El certificado es gratuito y las entidades están obligadas a emitirlo.

### Valoración de vehículos Si el fallecido tenía vehículos, necesitas una tasación oficial o el valor de mercado publicado por Hacienda para incluirlos en el inventario.

4. Documentos fiscales

### Modelo 650 o 660 del Impuesto de Sucesiones Con todos los documentos anteriores, puedes presentar la liquidación del Impuesto de Sucesiones. El modelo 650 es para herencias de un solo causante; el 660 para varios causantes. Se presenta telemáticamente en la sede tributaria de la comunidad autónoma del fallecido.

### Liquidación de plusvalía municipal Además del Impuesto de Sucesiones, si la herencia incluye un inmueble urbano, debes liquidar la plusvalía municipal en el ayuntamiento del municipio donde está el inmueble. Esto se hace mediante el modelo de autoliquidación municipal correspondiente.

5. Escritura de adjudicación de herencia

Una vez pagados los impuestos, los herederos deben formalizar la aceptación de la herencia mediante escritura pública notarial de adjudicación de herencia. En esta escritura se distribuyen los bienes entre los herederos según el testamento o la ley. Cada heredero debe llevar su DNI, el certificado de defunción, el testamento o declaración de herederos, la nota simple de cada inmueble y los justificantes de pago de impuestos.

La escritura debe inscribirse después en el Registro de la Propiedad para que los inmuebles pasen a nombre de los herederos.

Orden recomendado

Pasos para reunir los documentos

  1. Obtén el certificado de defunción en el Registro Civil (es el primer documento que necesitas para todo).
  2. Solicita el certificado de actos de última voluntad (sin él no sabes si hay testamento).
  3. Con el certificado de últimas voluntades, pide la copia del testamento en la notaría correspondiente.
  4. Si no hay testamento, inicia la declaración de herederos ante notario o juzgado.
  5. Reúne los DNI/NIE de todos los herederos y prepara la documentación de los menores si los hay.
  6. Solicita la nota simple de cada inmueble en el Registro de la Propiedad (no antes de haber localizado los inmuebles).
  7. Descarga la referencia catastral y el recibo del IBI de cada inmueble desde la Sede del Catastro.
  8. Pide certificados de saldos a cada banco donde el fallecido tuviera cuentas.
  9. Valora los vehículos y otros bienes muebles de valor.
  10. Presenta el modelo 650/660 del Impuesto de Sucesiones antes del plazo de 6 meses.
  11. Liquida la plusvalía municipal en el ayuntamiento correspondiente.
  12. Acude al notario para otorgar la escritura de adjudicación de herencia.
  13. Inscribe la escritura en el Registro de la Propiedad para formalizar la transmisión.

Preguntas frecuentes sobre documentos para aceptar una herencia

¿Cuánto tiempo tardan todos los trámites?

Entre 3 y 6 meses si no hay complicaciones. Los certificados administrativos se obtienen en 1-2 semanas. La declaración de herederos (si no hay testamento) puede alargarlo 1-2 meses más. La escritura notarial requiere cita previa.

¿Puedo aceptar la herencia sin todos los documentos?

Legalmente sí, puedes aceptar la herencia de forma expresa ante notario con los documentos básicos, pero no podrás liquidar los impuestos ni inscribir los bienes a tu nombre sin la documentación completa.

¿El certificado de últimas voluntades caduca?

Sí, caduca a los 3 meses desde su fecha de expedición. Si el proceso se alarga, puede que necesites solicitarlo de nuevo.

¿Qué hago si no encuentro el testamento?

El certificado de actos de última voluntad te dirá si existe testamento y la notaría donde se otorgó. Si el testamento no aparece en esa notaría, puede estar depositado en otro notario o ser un testamento ológrafo (escrito a mano). En ese caso, necesita ser protocolizado judicialmente.

¿Necesito abogado para aceptar una herencia?

No es obligatorio si todos los herederos están de acuerdo y la herencia es sencilla (un piso, una cuenta bancaria). Para herencias complejas (varias propiedades, empresas, herederos en distintos países, desacuerdos) es recomendable contar con asesoramiento.

¿Puedo rechazar la herencia después de haber aceptado?

Sí, pero solo si la aceptación fue expresa y puedes demostrar que había deudas ocultas que desconocías. En general, la aceptación es irrevocable, por lo que conviene revisar el pasivo antes de aceptar.

Fuentes consultadas

Fuentes y referencias

Usamos normativa consolidada, sedes oficiales y criterios prudentes para orientar trámites.

Ana Beltrán

Autor

Ana Beltrán

Editora fiscal y municipal para trámites de vivienda

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Credenciales: Especializada en contenidos de fiscalidad local, expedientes municipales, documentación inmobiliaria y revisión de fuentes oficiales.

Experiencia: Ha trabajado en guías prácticas para personas que preparan ventas, herencias, licencias y consultas ante ayuntamientos españoles.

Actualizado: 2026-07-06 Política editorial Correcciones

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